La Normativa RFB nº 2.101/2022 permite ahora a los particulares importar mercancías a través de empresas comerciales, en una operación de pedido o de cuenta y pedido.
Cabe señalar que, para realizar importaciones indirectas por particulares, deben cumplirse las reglas del artículo 4, apartado 3, de la Instrucción Normativa nº 1.984/2020 de la RFB, en cuanto a la exención de calificación y la finalidad de la operación.
También se extiende a sus actividades profesionales, incluso en las siguientes condiciones:
Productor rural, artesano, artista o similar;
Su propio uso y consumo; y
Sus colecciones personales.
La normativa entra en vigor el 3 de octubre de 2022.
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